sábado, 14 de diciembre de 2013

El despeluque de Petro



 La sanción disciplinaria impuesta por la Procuraduría General de la Nación al alcalde bogotano exacerba algunas pasiones, y remueve ese gusto por el discurso demagógico y  veintejuliero supuestamente extinto tras la configuración del escenario tecno-político surgido al promulgarse la manoseada Constitución del 91, que abolió la de 1886, igualmente travestida por cuantas fuerzas y tendencias se disputaron el poder durante el siglo pasado, al punto que ambas se consideran convertidas en colcha de retazos.


 Para la salud política de los pueblos, más que las pétreas e inmodificables, resultan aconsejables las constituciones semirrígidas, que contengan un Marco Institucional General, escueto y sin profusiones reglamentarias. La que nos rige es dúctil y maleable, es una Constitución blanda que puede modificarse a gusto por los distintos sectores del contubernio  político-jurisdiccional,  y corre el riesgo de  terminar ajena o distante de lo que debe ser una Carta Fundamental.

 La Constitución que originalmente habría podido consensuarse en 1991, con las falencias propias de cualquier elaboración humana, tuvo vocación de tratado de paz pero no lo fue porque hasta las entrañas de la Asamblea Nacional Constituyente llegaron los alfiles y los dineros del narcoterrorismo, que desnaturalizaron la sana intención  de implantar un nuevo orden. La eliminación de la extradición es pálido reflejo de lo que allí se cocinó. Antes y después de su vigencia hemos  estado inmersos en los desajustes del orden y eso explica tan tempranas y sucesivas reformas. La Constitución que nos queda va para donde quiera ir la Corte Constitucional.

 Preferible sería que tuviéramos una verdadera Constitución, un Marco Institucional General al que se sometan el pueblo como tal, las organizaciones sociales de toda especie, obviamente las partidistas,  y todos los individuos en particular. Porque está demostrado que una Carta Política preñada de incisos y excepciones, con tantas minucias taxativas y tantas salvedades difusas, mas que como derrotero de comportamiento social y convivencia plural, termina interpretada como catálogo de intereses y conveniencias del grupo o la persona que  intentan amoldársela sin amoldarse a ella.

 A la vista está la tensión institucional actualmente generada por un alcalde, por un empleado público disciplinable, que se resiste y se rebela contra la Norma Fundamental, y emprende la tarea de caldear los ánimos populares y enfilar ataques contra otro funcionario público, de mayor jerarquía, que tiene la responsabilidad constitucional de disciplinarlo.

 Lo reprochable no es la sacudida politiquera, el espectacular despeluque del alcalde  destituido, ni que muestre sus ansias de mando, agallas de poder y su megalomanía al catalogarse como víctima de un golpe de Estado, suceso sociopolítico que en estricta lógica, en su cabal significación, sólo es factible contra el Jefe de Estado.

 Lo censurable es que la diatriba pública, arrogante, presuntuosa y desenfocada se enfile personalmente contra el Procurador General de la Nación, a quien quiere descalificar por ser católico practicante y prestigiosa figura de la derecha, olvidando que motivadoras de la sanción son sus faltas como alcalde y que está  sujeto a vigilancia del director del Ministerio Público, funcionario investido de competencia para sancionarlo (Art. 277,6 C.P.).

Miguel Antonio Velasco Cuevas

Popayán, 14.12.13