El sometimiento del Estado
El marco para la paz es otro de
los artilugios existentes en la variada utilería de ilusionista, que con destreza maneja
Juan Manuel Santos, para potenciar
los destellos de la circense urna de
cristal.
Inicialmente, cuando
recurrió al cubilete de abalorios, arrojo
al escenario una temible mano negra; sin señalar quiénes serían sus operarios, aunque
no puede olvidarse que manos negras hay en
todos los extremos de la complicada ecuación violenta utilizada por los detentadores
del poder, tanto en países subyugados por tiranías políticas, filosóficas o
religiosas, como en los democráticos y libertarios; de todos modos el mefistofélico artefacto
quedó allí, sobre las tablas, para hacerlo saltar cuando resulte necesario
distraer a los espectadores.
Además se
proclama poseedor de otro embeleco, dice
tener la llave de la paz, una entelequia que nadie puede ver porque la conserva
en el fondo del bolsillo, o por esos lados, para hacerla funcionar en el momento oportuno;
quiera Dios que esté fundida en algún noble metal, porque sería grotesco que el óxido y otras impurezas
del entorno le corroan el bolsillo y
hasta la llave al mago, y a la hora de
sacar no encuentre allí la sutileza prometida.
Y también usa
retruécanos, no otra cosa hizo cuando adjudicó a la vaporosa ultraderecha el atentado terrorista contra Fernando
Londoño, en lugar de señalar a los verdaderos autores del crimen, todo para no
incomodar a los amaestrados tiburones del amistoso vecindario.
Y así cree mantener
el engaño, pero si nos detenemos a mira el
sistema legal vigente, el aplicable a esta
realidad delincuencial, encontramos que
el régimen penal
colombiano tipifica las conductas delictivas, y establece los procedimientos idóneos para sancionar los infractores, sin necesidad de reformar las
normas existentes.
Es inconveniente
la enmienda que otorgaría al Ejecutivo la facultad omnímoda de elegir a los
actores criminales que deban ir a juicio, o seleccionar graciosamente a los que
recibirán perdón por su trayectoria delincuencial.
Porque, si fueren necesarios, tanto la norma constitucional como la penal consagran el indulto y las amnistías, mecanismos legítimos de
extinción de la acción y de la pena, perfectamente aplicables mientras se respeten
los tratados vigentes con la comunidad
de naciones, y mientras no se incurra en
desbordamientos de política criminal que
provoquen la intervención de la Corte Penal Internacional.
Lo que se
requiere es aplicar las reglas vigentes, no hacerlo
es someter el Estado a las condiciones del enemigo.
Las brutales
actuaciones de la delincuencia organizada, los ataques a la población civil, los bombazos
indiscriminados contra los pueblos, los hostigamientos a las estaciones
policiales, el minado de cultivos ilícitos y de caminos públicos, el reclutamiento forzado de niños campesinos, el amedrentamiento general a la sociedad
colombiana; tal como ha ocurrido en
Morales, Caloto, Toribío, y El Tambo,
aquí en el Cauca, o como en La Gabarra y
Maicao, o en La Montañita, donde los violentos atacaron policías que auxiliaban
a una parturienta y mataron a la partera; son ilegítimos argumentos de fuerza
que no pueden primar sobre la legitimidad del ordenamiento estatal.
Miguel Antonio
Velasco Cuevas
Popayán, junio
de 2012